Solicitudes de registros abiertos

Registros cubiertos por la Ley de Derecho a Saber

Formularios RTK

Información de RTK

Las preguntas adicionales sobre las solicitudes pueden dirigirse a

Jessica Torres, nuestra responsable de registros abiertos

717-846-8889 [email protected]

Asegúrate de que cuando presentes una solicitud RTK, estés buscando registros y no sólo haciendo preguntas. La ley rige la entrega de registros, no la respuesta a las preguntas.

Un registro se define como "cualquier información, independientemente de su forma física o carácter, que documente una transacción o actividad de un organismo Y que se cree, reciba o conserve en virtud de la ley O en relación con una transacción, negocio o actividad de un organismo" (énfasis añadido).

Los registros pueden adoptar muchas formas, entre ellas papeles, cartas, mapas, libros, cintas, fotografías, grabaciones cinematográficas o sonoras, información almacenada o mantenida electrónicamente, y documentos procesados con datos o imágenes. Obsérvese que los correos electrónicos también pueden ser una forma de registros públicos, con sujeción a cualesquiera excepciones.


Excepciones: Cierta información protegida contra su divulgación

Todos los registros de la agencia están sujetos a la Ley de Derecho a Saber. Sin embargo, no todos los registros son públicos. La ley contiene 30 excepciones, citadas en el artículo 708, que permiten a un organismo retener registros. Un organismo puede denegar la divulgación de un registro si está comprendido en una de las 30 excepciones destinadas a proteger la información confidencial o que pueda poner en peligro la seguridad o las investigaciones. Entre los tipos de registros que pueden retenerse figuran los relacionados con la seguridad personal o pública, los registros de ADN/ARN, los registros de autopsias, los números de la seguridad social, la información financiera personal, las direcciones electrónicas personales, el estado civil, la identidad de un agente de policía encubierto, la dirección de los jueces o de las fuerzas del orden, los registros de fuentes confidenciales y la información sobre las víctimas. Otras leyes también hacen que ciertos registros no sean públicos.

Presentar una apelación a la OOR

Las apelaciones también pueden presentarse por fax (717-425-5343) o por correo postal:

Oficina de Registros Abiertos
333 Market Street, 16th Floor
Harrisburg, PA 17101-2234

Formatos de archivos adjuntos de correo electrónico: Las apelaciones presentadas por correo electrónico pueden incluir archivos adjuntos en formato PDF, Microsoft Word (doc, docx o rtf), Microsoft Excel (xls o xlsx) y archivos de imagen (jpg, png, gif o tiff). Si una apelación que se va a presentar por correo electrónico incluye un archivo adjunto de cualquier otro formato, llame a la Oficina de Registros Abiertos (717-346-9903) antes de enviarlo. Cualquier otro formato puede ser rechazado por los servidores del Commonwealth.

La OOR prefiere recibir las apelaciones a través del formulario en línea, o por correo electrónico como un archivo adjunto de Microsoft Word (.doc o .docx) o PDF.

El formulario de apelación de la OOR puede utilizarse para apelar las denegaciones completas, las denegaciones parciales y las denegaciones consideradas (es decir, cuando la agencia no responde en el plazo establecido), así como para apelar las tasas que cobra la agencia.

Tamaño de los archivos adjuntos al correo electrónico: Si una apelación que se va a presentar por correo electrónico incluye un archivo adjunto de más de 4MB, llame a la Oficina de Registros Abiertos (717-346-9903) antes de enviarlo. Los archivos adjuntos que excedan de 4MB pueden ser rechazados por los servidores del Commonwealth.

Oficina de Registros Abiertos
333 Market Street, Piso 16
Harrisburg, PA 17101-2234

Las presentaciones en persona se aceptan en la Oficina de Registros Abiertos, 333 Market Street, Piso 16 Harrisburg, PA, durante el horario normal de trabajo.

El plazo para presentar una apelación por vía electrónica (correo electrónico o fax) es a las 11:59:59 p.m. del 15º día hábil a partir de la fecha de envío de la respuesta de la Agencia o de la fecha en que la solicitud se consideró denegada. Para las presentaciones en persona y las presentaciones por correo postal, la fecha límite es a las 17:00 horas del 15º día hábil.

La mejor y más simple manera de preparar una apelación es usar el formulario oficial de apelación OOR.

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